UNA COMPRA DE PARTICIPACIONES DE LAS PROPIEDADES INMOBILIARIAS NO ES UN REGALO EXENTO DE IMPUESTOS
ESTIMADA SACUDIDA: Hace veinte años los padres de mi marido pusieron su hogar en los nombres de mi marido y de su hermano. Los padres murieron hace algunos años. La casa ha sido vacante desde entonces. Ahora el hermano de mi marido decidía comprar hacia fuera la mitad de mi marido de la casa basada en una valoración. Eso es aceptable a mi marido. ¿Para los propósitos del impuesto, pueden mi marido tratar esta transacción como regalo monetario sin consecuencias de impuesto más bien que una venta imponible? --Cathy J.
ESTIMADO CATHY: No. El hermano está comprando hacia fuera el medio interés de tu marido en la casa. Ésa es un no regalo exento de impuestos sino algo una venta imponible en la cual tu marido deberá impuesto de ganancias sobre el capital.
Porque tu marido recibió un regalo de un interés de 50 por ciento en la casa hace 20 años, él asumió el control mitad de la base ajustada probablemente muy baja del coste de sus padres. El resultado del impuesto será probablemente un impuesto de ganancias sobre el capital grande.
Esta situación es otro ejemplo porqué es generalmente mejor heredar la característica y recibir una base elevada que recibir un regalo de la antes-muerte. Tu marido debe consultar a su consejero de impuesto.
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